Los impuestos que afectan a las
actividades comerciales de los quioscos de diarios y revistas son los
siguientes:
 
  - 
  Impuesto a la Renta: 
  Las empresas periodísticas, editoras, impresoras e importadoras de
    periódicos, revistas e impresos que vendan estos artículos a los
    suplementeros, directamente o por intermedio de agencias o 
  de 
  distribuidores, deberán retener el impuesto 
   establecido 
  con la tasa del 0,5% en
    carácter de Impuesto Único a la Renta, aplicado sobre
    el precio de venta al público de los respectivos periódicos, revistas e
    impresos  efectivamente vendidos por 
  los
    suplementeros.
 
  -  
  Impuesto al Valor
    Agregado (IVA): 
  Las
    empresas periodísticas, editoras, impresoras e importadoras de periódicos,
    revistas e impresos, 
  deberán incluir el IVA
    correspondiente a la venta neta 
  que
    efectúen a los agentes distribuidores de publicaciones, así como a los
    valores agregados o márgenes de comercialización fijados para las agencias
    distribuidoras de publicaciones, para los suplementeros u otros que
    comercialicen en el ramo.
    
  
  
 
 
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y 
 legislación, 
Legislación tributaria y convenios internacionales, 
Legislación tributaria básica, opción 
Ley
sobre Impuesto a la Renta, Artículos 25 y 74 y en la
 
Resolución
Exenta N° 1423, de 1976.
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