Los impuestos que afectan a las
actividades comerciales de los quioscos de diarios y revistas son los
siguientes:
-
Impuesto a la Renta:
Las empresas periodísticas, editoras, impresoras e importadoras de
periódicos, revistas e impresos que vendan estos artículos a los
suplementeros, directamente o por intermedio de agencias o
de
distribuidores, deberán retener el impuesto
establecido
con la tasa del 0,5% en
carácter de Impuesto Único a la Renta, aplicado sobre
el precio de venta al público de los respectivos periódicos, revistas e
impresos efectivamente vendidos por
los
suplementeros.
-
Impuesto al Valor
Agregado (IVA):
Las
empresas periodísticas, editoras, impresoras e importadoras de periódicos,
revistas e impresos,
deberán incluir el IVA
correspondiente a la venta neta
que
efectúen a los agentes distribuidores de publicaciones, así como a los
valores agregados o márgenes de comercialización fijados para las agencias
distribuidoras de publicaciones, para los suplementeros u otros que
comercialicen en el ramo.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y
legislación,
Legislación tributaria y convenios internacionales,
Legislación tributaria básica, opción
Ley
sobre Impuesto a la Renta, Artículos 25 y 74 y en la
Resolución
Exenta N° 1423, de 1976.
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