Los
impuestos que deben pagar los contribuyentes que explotan un Jardín Infantil,
son los siguientes:
·
Impuesto a la
Renta de Primera Categoría.
·
Impuesto al Valor
Agregado (IVA) por la ventas y servicios afectos, tales como, alimentación,
venta de artículos escolares, servicios de transporte escolar, uniformes, entre
otros.
Estos
contribuyentes están exentos del pago de IVA por los ingresos provenientes del
desarrollo de actividades educacionales docentes, entre las que se cuentan matrículas
y mensualidades.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y
legislación, Legislación tributaria básica, opción Ley
sobre Impuesto a la Renta, específicamente el Artículo 20 y en el Artículo
13, N° 4, de la
Ley
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. Adicionalmente puede consultar esta
materia en las
Circulares
N° 25, de 1976 y
Circular
N° 11, de 2004.
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