No debe declararse Renta Presunta a un contribuyente de Primera Categoría si el
Servicio de Impuestos Internos le dio Término de Giro por oficio si cumple con
el requisito de que su base imponible del último
período declarado no sea superior a las 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
Para obtener el Certificado de Término de Giro, el contribuyente deberá concurrir a la
unidad del SII correspondiente a su domicilio y presentar el Formulario 2121 de
Término de Giro.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII,
sección Servicios online, Término de giro, Ayudas, opción ¿cómo se hace para ...?,
Realizar término de giro.
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