Los contribuyentes que deben llevar contabilidad completa son aquellos que están obligados a tributar en base a
Renta Efectiva, demostrada con contabilidad fidedigna, y que no hayan obtenido autorización para llevar una contabilidad simplificada, conforme a lo dispuesto en el artículo 68 de la
Ley sobre Impuesto a la
Renta.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y
legislación, Circulares, opción
Circular
N° 29, de 1975.
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