No, el beneficiario de un seguro de vida contratado en el extranjero y
domiciliado en Chile no debe informar las sumas percibidas por este concepto en su
declaración de Impuesto a la Renta, pues se trata de rentas que no están
afectas a impuestos anuales.
Puede obtener mayor información relativa a
este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, Legislación tributaria básica, opción
Ley
sobre impuesto a la Renta, específicamente el
artículo 17, N° 3. |