No existe ninguna disposición legal que libere a los contratos de permutas de los pagos
del Impuesto a la Renta y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) si caen dentro de
la denominación de hechos gravados.
Puede
obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación,
Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia Administrativa, Ley sobre
Impuesto a la Renta, opciones:
Oficio
N° 4011, de 2003; y, Oficio
N° 5379, de 2003.
Adicionalmente, esta materia puede ser consultada en
el
menú Normativa y legislación, Jurisprudencia
y tribunales, Jurisprudencia Administrativa, Ley sobre Impuesto a las
Ventas y Servicios, opciones:
Oficio N° 7318, de 1975, y
Oficio N° 211, de 1990.
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