Sí, los contribuyentes que inviertan en el exterior usando los "off
shore" (paraísos tributarios) y que obtengan rentas o beneficios y,
además, estén domiciliados o residan en el país, deben tributar por la
totalidad de dichas rentas, sean de origen nacional o extranjero, no importando, en este
último caso, que dichos países extranjeros sean calificados como paraísos tributarios.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, Legislación tributaria y Convenios Internacionales, Legislación tributaria básica, opción
Ley
sobre impuesto a la Renta,
específicamente en los artículos 3 al 13. |