No, un chileno que regresa al país no debe declarar y pagar impuestos por
un capital que trae desde el exterior, siempre que durante dicho período no
haya mantenido su domicilio en Chile. Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, Circulares, donde encontrará la Circular
N° 8, de 2000 sobre justificación de inversiones y origen de fondos.
Adicionalmente esta materia puede ser consultada en los Oficio
N° 327, de 2003 y Oficio
N° 2831, de 1997.
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