Sí, un chileno que regresa a residir en el país, debe declarar y pagar el impuesto respectivo,
sobre los intereses de capitales que recibe del extranjero,
puesto que las personas domiciliadas o residentes en el país deben tributar por sus
rentas tanto de origen nacional como extranjero.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Normativa y legislación, menú Legislación tributaria y convenios internacionales, Legislación tributaria básica, opción Ley
sobre Impuesto a la Renta, específicamente en el Artículo 3.
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