Un contribuyente que no ha declarado sus boletas de honorarios desde hace tres años debe confeccionar su Declaración de Renta por cada año, considerando dos situaciones: Contribuyente obligado a presentar
su Declaración de Renta: Al presentar en forma atrasada el Formulario 22 de Renta ante el SII,
este contribuyente quedará sujeto a las multas establecidas en el artículo 97, N° 2,
más los reajustes e intereses detallados en el artículo 53, ambos artículos
detallados en el Código
Tributario.
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Contribuyente no obligado a
presentar su Declaración de Renta: Al presentar en forma atrasada el Formulario 22 de
Renta ante el SII, no queda sujeto a multas, de acuerdo con las instrucciones que ha entregado el SII.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del
SII, sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción
Declarar Renta (F22) a través de la cual
se podrán declarar en línea los impuestos atrasados. Adicionalmente, puede
encontrar más información en la opción
Ayudas.
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