No se puede eliminar las declaraciones mensuales y anuales de impuesto cuando se
ha obtenido el Término de Giro por la venta de un taxi colectivo, ya que las
declaraciones deben ser conservadas por el contribuyente, según lo señalado en
el artículo 17 del Código Tributario. Además, en este mismo cuerpo legal se
indica que los documentos y libros deben mantenerse mientras esté vigente el
plazo del SII para revisar, liquidar y girar impuestos. Para estos fines, la
norma general indica el plazo de seis años, sin perjuicio de lo señalado en el
inciso tercero del artículo 69 del mismo Código, incorporado por la Ley N°
21.210, de 2020.
Puede obtener mayor
información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Servicios online,
opción Término de giro, opción Término de giro, Ayudas, ¿Cómo
se hace para...?.
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