El monto mínimo para emitir una boleta de
honorarios será el mismo que la Dirección del SII determine para la emisión
de boletas de ventas y servicios del Impuesto a las Ventas y Servicios.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del
SII, sección Servicios online, menú Boletas de honorarios electrónicas, opción
Emisor de boleta de honorarios, Ayudas. Adicionalmente esta materia puede ser consultada en menú Normativa y legislación, opción Circulares, Circular
N° 21, de 1991.
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