PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Impuestos de la Ley de la Renta | Impuesto de primera categoría | Rentas presuntas

 Pregunta   ID:   001.002.2679.008  Fecha de Creación:   05/04/2005

¿Se debe declarar Renta Presunta por una propiedad agrícola que se usa como parcela de agrado?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   30/08/2023

Sí, se debe declarar Renta Presunta, puesto que la tributación afecta al poseedor del predio agrícola, según lo dispuesto en el artículo 20, N° 1, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, según su texto vigente hasta el 31 de diciembre de 2015.

Téngase presente que a contar del 1° de enero de 2016, la Ley N° 20.780, publicada en el Diario Oficial de 29 de septiembre de 2014, modifica el régimen de renta presunta contemplado en la Ley del Impuesto la Renta (LIR), estableciendo nuevas reglas para acceder y mantenerse en dicho régimen, nuevas normas sobre la determinación de la base imponible afecta a impuesto, así como otras modificaciones que se analizan en la Circular N° 37, de 2015 modificada por la Circular N° 39, de 2016. De acuerdo a los requisitos que se deben cumplir para poder optar por esta forma de determinar y declarar la renta, dicho régimen de tributación está destinado a las micro y pequeñas empresas que, atendidas las condiciones en que desarrollan su actividad, pueden optar por tributar bajo sus reglas, las que resultan ser más simples y con una carga menor de obligaciones accesorias.

De esta manera, se derogan tácitamente las disposiciones relacionadas con el régimen de renta presunta establecido en los artículos 20 N° 1, letra b) (explotación de bienes raíces agrícolas), 34 (actividad minera) y 34 bis (actividad del transporte terrestre de carga ajena y de pasajeros), todos de la LIR, según su texto vigente hasta el 31 de diciembre de 2015, incorporándose nuevas reglas para ese régimen en el artículo 34 de la LIR, según su texto vigente a contar del 1° de enero de 2016.

Mayor información en el sitio web del SII, sección Normativa y legislación, menú Circulares, opción Circular 37 de 2015.

 

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