PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Rentas de segunda categoría, sueldos y honorarios | Boletas de honorarios | Boleta de prestación de servicios de terceros

 Pregunta   ID:   001.002.2695.009  Fecha de Creación:   07/04/2005

¿Debe presentar su Declaración de Impuesto a la Renta el contribuyente que ha recibido una Boleta de Prestación de Servicios de Terceros?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   09/01/2024

Un contribuyente que ha recibido una Boleta de Prestación de Servicios de Terceros debe considerar las siguientes situaciones:

  • Presentar obligatoriamente su Declaración de Impuesto a la Renta, si el monto total de sus rentas es igual o superior a 13,5 Unidades Tributarias Anuales (UTA).

  • Presentar su Declaración de Impuesto a la Renta si sus rentas son inferiores a 13,5 UTA y desea recuperar el 13,75% retenido.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción Ayudas.