Un contribuyente que ha recibido una Boleta de Prestación de Servicios de
Terceros debe considerar las siguientes situaciones:
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Presentar obligatoriamente su Declaración de Impuesto a la Renta,
si el monto total de sus rentas es igual o superior a 13,5 Unidades Tributarias Anuales
(UTA).
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Presentar su Declaración de Impuesto a la Renta si sus rentas son
inferiores a 13,5 UTA y desea recuperar el 13,75% retenido.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción
Ayudas. |