Los Impuestos a la Renta que afectan a una Sociedad Anónima Cerrada son los siguientes:
-
Impuesto de Primera Categoría,
establecido en el Artículo 20 de la Ley
sobre Impuesto a la Renta.
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Impuesto Único establecido en el inciso tercero del Artículo 21
de la Ley
sobre Impuesto a la Renta que grava, entre otros, los gastos rechazados
y retiros
presuntos. Respecto a los préstamos destinados a los accionistas Personas Naturales,
serán afectados con el Impuesto Único del Artículo 21 de la normativa
recién mencionada, siempre
y cuando estas sociedades no se encuentren voluntariamente sujetas a las normas de las Sociedades
Anónimas abiertas.
Puede obtener mayor
información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción
Ayudas. |