PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Rentas de segunda categoría, sueldos y honorarios | Impuesto único a los trabajadores

 Pregunta   ID:   001.002.3367.004  Fecha de Creación:   22/08/2005

¿Para hacer uso del beneficio de gratificación de zona, una persona domiciliada en Zona Extrema del país, sólo debe tener rentas de sueldos y honorarios?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   25/03/2023

No, la persona puede tener otras rentas, pero el beneficio sólo es aplicable a los sueldos y honorarios.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares, donde encuentra la Circular de Impuesto Único de Segunda Categoría, que establece el valor vigente de la Gratificación de Zona. Adicionalmente puede consultar en la Circular N° 10, de 1976, donde se instruye sobre el método de cálculo de estos conceptos.