Sí,
puede entregar un poder para que el cheque se lo cobre un
tercero, siempre y cuando cumpla
con los
requisitos exigidos por la institución financiera responsable de pagar el
cheque.
Cabe
recordar que el cheque
de una devolución de impuestos, originada al presentar una declaración de
renta, siempre es extendido a nombre del contribuyente titular de la respectiva
declaración.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII,
sección Servicios online, Declaración de renta, opción Ayudas. |