Las rentas que las sociedades de profesionales clasificadas en la Primera
Categoría repartan a sus socios, deberán ser declararlas por estos
en la sección Rentas Afectas a Impuesto Global Complementario o Adicional del Formulario 22, según corresponda, sin perjuicio que la respectiva
sociedad deba declarar el Impuesto de Primera Categoría en la sección Impuestos
Anuales a la Renta de su Formulario 22, considerando el régimen tributario al
que se encuentra acogida.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII,
sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción Ayudas donde
encontrará las
Instrucciones Formulario 22.
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