Sí, pero deberá acreditar, cuando el SII lo requiera, el origen de los fondos con los que hizo las
inversiones en bienes.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción
Ley
sobre Impuesto a la Renta, específicamente en el Artículo 70. Adicionalmente puede
consultar las instrucciones contenidas en Circular
N° 8, de 2000;
Circular
N°03, de 2007;
Circular
N°12, de 2011 y en los Oficio
N° 327, de 2003, y Oficio
N° 2831, de 1997.
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