PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Impuestos de la Ley de la Renta | Impuesto de primera categoría | Rentas presuntas

 Pregunta   ID:   001.002.4121.006  Fecha de Creación:   09/05/2006

¿La actividad generada por un furgón escolar origina la presentación de la Declaración de Impuesto anual a la Renta, PPM y la emisión de documentos tributarios?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   17/02/2021

Sí, la actividad de un furgón escolar comprende una renta del transporte de pasajeros que genera las siguientes obligaciones tributarias:

1.- Declaración de Impuesto anual a la Renta, determinando el Impuesto de Primera Categoría sobre renta presunta (avalúo Fiscal del vehículo por 10%) e Impuesto Global Complementario o Adicional, según corresponda.

2.- El transporte de pasajeros se encuentra afecto a declarar y pagar mensualmente PPM con tasa del 0,3% sobre el valor de avalúo de los respectivos vehículos de transporte, monto que debe ser enterado al Fisco mediante la presentación del Formulario 29 de IVA.

3.- En relación a la emisión de documentos tributarios se deben confeccionar Boletas Exentas de IVA.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Normativa y legislación, menú Legislación tributaria y convenios internacionales, opción Legislación Tributaria Básica, Ley sobre Impuesto a la Renta, específicamente el Artículo 34. Adicionalmente puede consultar esta materia en la sección Ayuda, menú Ayudas por trámites, opción Declaración de Renta.

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