Los intereses remesados al extranjero, por un préstamo obtenido de una empresa extranjera relacionada con una empresa en Chile, y que no tiene la calidad de institución bancaria o financiera, se gravan con Impuesto Adicional con tasa del 35%, según lo dispuesto en el Artículo 59 de la Ley sobre impuesto a la renta.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y Legislación, menú Circulares, opción Circulares 2020, donde encontrará la Circular N° 53 del año 2020 |