La norma de habitualidad es de un año para la venta de estacionamientos, según
lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, norma que se
deroga a contar del 01.01.2017 y cuyas reglas se incorporan de manera parcial en
lo relativo a la habitualidad en el N° 8 del artículo 17 Ley de la Renta, de
conformidad al inciso primero del artículo 1° transitorio de la Ley N° 20.780,
publicada en el diario Oficial de 29.09.2014, en la que se contiene la Reforma
Tributaria, materia respecto de la cual se instruye especialmente en la Circular
N° 70 de 2015.
Se hace presente que,
en el Diario Oficial de 8
de febrero de 2016, se publicó la Ley N° 20.899, que simplifica el sistema de
tributación a la renta y perfecciona otras disposiciones legales tributarias,
incorporando una serie de modificaciones, entre otros textos legales, a la
referida Ley N° 20.780, puede obtener mayor información en
Circular Nº
44, de 2016
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