Se gravarán con tales tributos más su tasa adicional, cuando este Servicio determine de manera fundada que el monto del préstamo corresponde a un retiro encubierto de cantidades afectas a tales gravámenes. Tal préstamo tributará por su monto total debidamente reajustado en el ejercicio en que fue otorgado.
Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, menú Normativa y
legislación, opción Circulares,
Circular N° 45 de 2013,
Circular N°
71, de 2015, modificada por la
Circular 39 de 2016
y
Circular N° 53 de 2020.
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