PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Impuestos de la Ley de la Renta | Impuesto de primera categoría | Rentas presuntas

 Pregunta   ID:   001.002.6945.003  Fecha de Creación:   04/04/2017

¿Qué valor de Avalúo Fiscal, se debe considerar al 31 de diciembre de 2015 o al 31 de diciembre de 2016?, para pasar de renta presunta a Renta Efectiva.


 Respuesta  Fecha de Actualización:   10/05/2023

El valor del avalúo fiscal a considerar es el que tenga el bien al 1° de enero del ejercicio en que queden sujetos a la tributación sobre renta efectiva. Por lo tanto, si el contribuyente opta por valorizar el bien de acuerdo a su avalúo fiscal, debe considerar el avalúo vigente para las primeras dos cuotas de contribuciones correspondientes al año 2016.

Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, menú Normativa y Legislación , opción Circulares, específicamente en Circular N° 37 del año 2015, complementada por la Circular N° 39 de 2016.