PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Información Declaración de Renta AT 2019 | Declaración de Renta | Regímenes Tributarios | Plazos y solicitudes, Regímenes Tributarios.

 Pregunta   ID:   001.002.7063.003  Fecha de Creación:   12/02/2018

Un contribuyente que está en el artículo 14 letra A o B, ¿debe esperar el plazo de 5 años para poder cambiarse al artículo 14 Ter o acogerse al régimen de renta presunta del artículo 34?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   10/06/2021

No, una vez que los contribuyentes hayan ejercido la opción por uno de los regímenes establecidos en las letras A) o B) del artículo 14 de la LIR, o bien, cuando por defecto se encuentren sujetos a uno de esos regímenes de tributación, el contribuyente puede optar, aun cuando no haya transcurrido el plazo de 5 años, por tributar bajo el régimen simplificado de la letra A, del artículo 14 ter de la LIR, o acogerse al régimen de renta presunta del artículo 34 de la misma ley, cuando cumpla los requisitos legales para tal efecto.

Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, menú Normativa y Legislación, donde encuentra la Circular N° 49 del 2016, con instrucciones sobre la materia.