PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Información Declaración de Renta AT 2018 | Declaración de Renta | Incentivo al Ahorro para Medianas Empresas

 Pregunta   ID:   001.002.7196.004  Fecha de Creación:   24/04/2018

¿Hasta qué monto asciende la deducción por concepto del beneficio tributario del Incentivo al ahorro para medianas empresas?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   24/09/2021

La deducción por concepto de incentivo al ahorro asciende al 50% de la Renta Líquida Imponible de la Primera Categoría invertida en la empresa, equivalente ésta a aquella que se determine de acuerdo al mecanismo establecido en los artículos 29 al 33 de la LIR menos los retiros o distribuciones efectuados en el ejercicio comercial respectivo debidamente actualizados al término del período, ya sea, gravados o no con los IGC o IA. En todo caso, la deducción antes señalada no puede exceder del monto máximo de 4000 UF vigente al último día del ejercicio comercial respectivo.


Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, menú Normativa y Legislación, Circular 49 del 2016 o en el artículo 14 ter letra C) de la LIR.