PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Información Declaración de Renta AT 2018 | Declaración de Renta | Incentivo al Ahorro para Medianas Empresas

 Pregunta   ID:   001.002.7199.004  Fecha de Creación:   24/04/2018

¿Cuál es la forma de acogerse al beneficio tributario del Incentivo al ahorro para medianas empresas, para los contribuyentes del régimen de renta atribuida de la letra A del artículo 14 de la LIR en el Año Tributario 2018?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   11/04/2023

Los contribuyentes sujetos a las disposiciones de la letra A) del artículo 14 de la LIR, que deseen acogerse al incentivo al ahorro, deberán manifestarlo a través del registro de dicha deducción en la partida N° 37 “Deducción según letra C.- del artículo 14 ter”, de la Declaración Jurada N°1923 sobre determinación de la renta líquida imponible, renta a atribuir y renta atribuida a los propietarios, titulares, socios, accionistas de SpA o comuneros para contribuyentes acogidos a las disposiciones de la letra A) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (Régimen de Renta Atribuida), en el plazo establecido para la presentación al Servicio de Impuestos Internos de dicha declaración jurada.

Sin embargo, aquellos contribuyentes que no hayan utilizado dicho registro y deseen optar a la deducción deberán acudir a la Unidad de este Servicio correspondiente a su domicilio, y solicitar mediante petición administrativa en Formulario N° 2117, la rectificatoria de la citada declaración, teniendo como plazo para ello hasta la fecha para efectuar la declaración anual del impuesto a la renta.

 Asimismo, los contribuyentes que opten por usar la aplicación de Renta Atribuida disponible en la página web del Servicio de Impuestos Internos, podrán efectuar la deducción de la renta líquida imponible registrando dicha deducción en el código correspondiente, dentro del plazo para efectuar la declaración anual del impuesto a la renta.