Los contribuyentes sujetos a las disposiciones de la letra B) del artículo 14 de
la LIR, que deseen acogerse al incentivo al ahorro, deberán manifestarlo a
través del registro de dicha deducción en la Sección B: partida N° 37 “Deducción
según letra C.- del artículo 14 ter” “Deducción 50% RLI (14 ter letra C) según
letra C.- del artículo 14 ter”, de la Declaración Jurada N°1926 sobre Base
Imponible de Primera Categoría y Datos contables, en el plazo establecido para
la presentación al Servicio de Impuestos Internos de dicha declaración jurada.
Sin embargo, aquellos contribuyentes que no hayan utilizado dicho registro y
deseen optar a la deducción deberán acudir a la Unidad de este Servicio
correspondiente a su domicilio, y solicitar mediante petición administrativa en
Formulario N° 2117, la rectificatoria de la mencionada declaración, teniendo
como plazo para ello hasta la fecha para efectuar la declaración anual del
impuesto a la renta.
|