Los montos a
considerar para el cálculo de las cotizaciones previsionales, es decir, la base
imponible, es la siguiente:
·
La renta imponible
anual, que es el 80% del conjunto de sus honorarios brutos anuales, sea mayor a
4 ingresos mínimos mensuales. Para el año 2018, el IMM es $ 288.000.-
·
Si
el trabajador independiente recibe simultáneamente rentas por sueldos o
remuneraciones, y no supera el límite máximo imponible anual (78,3 UF *
12=939,6; para el AT 2019 $25.900.816), se afectan con cotizaciones
previsionales las rentas por honorarios hasta completar el límite máximo
imponible.
Puede
obtener mayor información previsional, en el sitio web de la
Subsecretaria de Previsional Social
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