Los contribuyentes que no se encuentren en condiciones de 
pagar los impuestos que arroje su Declaración de Renta, podrán solicitar en 
sii.cl o en la Unidad del Servicio de Impuestos Internos, correspondiente a la 
jurisdicción de su domicilio, el Pago Diferido de Impuesto. 
Este año el contribuyente puede solicitar Pago Diferido 
por Internet siempre y cuando no tenga deuda y no se encuentre en la nómina de 
no condonable. 
Para ello debe ingresar a 
sii.cl, sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción Más 
información,
Pago Diferido. Esta opcion estará disponible a contar del 08.04.2019 
Para aquellos contribuyentes que Internet no autorice 
deberán presentarse en oficina a solicitarlo. 
Para ello, el contribuyente deberá efectuar la 
correspondiente solicitud mediante la presentación del Formulario 2117, 
consignando el monto de impuesto que desea diferir. Dicho monto deberá ser 
autorizado por el Director Regional respectivo, para luego ser ingresado a los 
sistemas del SII. 
·        
Además, deberá presentar su 
Cédula de Identidad vigente. 
·        
Los representantes de Personas 
Jurídicas deberán acudir a la Unidad correspondiente al domicilio del 
contribuyente, portando la respectiva escritura pública que acredite la 
representación legal, junto con el RUT de la empresa y su Cédula de Identidad 
vigente.   
·        
Los mandatarios de las personas 
indicadas en los puntos anteriores, deberán acudir a la Unidad correspondiente 
al domicilio del contribuyente con los documentos del representado señalados 
anteriormente (exceptuando la mencionada escritura pública), o bien, con 
fotocopias legalizadas de los mismos; su Cédula de Identidad vigente; y un poder 
específico suscrito ante notario, en el cual el propio contribuyente o el 
representante legal autoriza al mandatario para que solicite el Pago Diferido en 
dicha Unidad del SII. 
Este trámite podrá materializarse, posteriormente, sólo 
si el contribuyente realiza su Declaración de Renta vía Internet 
La correspondiente solicitud para acogerse al Pago 
Diferido y la presentación del Formulario 22 por Internet debe ser realizada 
impostergablemente dentro del plazo legal establecido, es decir, hasta el 30 de 
abril de 2019.
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