Los contribuyentes que no se encuentren en condiciones de
pagar los impuestos que arroje su Declaración de Renta, podrán solicitar en
sii.cl o en la Unidad del Servicio de Impuestos Internos, correspondiente a la
jurisdicción de su domicilio, el Pago Diferido de Impuesto.
Este año el contribuyente puede solicitar Pago Diferido
por Internet siempre y cuando no tenga deuda y no se encuentre en la nómina de
no condonable.
Para ello debe ingresar a
sii.cl, sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción Más
información,
Pago Diferido. Esta opcion estará disponible a contar del 08.04.2019
Para aquellos contribuyentes que Internet no autorice
deberán presentarse en oficina a solicitarlo.
Para ello, el contribuyente deberá efectuar la
correspondiente solicitud mediante la presentación del Formulario 2117,
consignando el monto de impuesto que desea diferir. Dicho monto deberá ser
autorizado por el Director Regional respectivo, para luego ser ingresado a los
sistemas del SII.
·
Además, deberá presentar su
Cédula de Identidad vigente.
·
Los representantes de Personas
Jurídicas deberán acudir a la Unidad correspondiente al domicilio del
contribuyente, portando la respectiva escritura pública que acredite la
representación legal, junto con el RUT de la empresa y su Cédula de Identidad
vigente.
·
Los mandatarios de las personas
indicadas en los puntos anteriores, deberán acudir a la Unidad correspondiente
al domicilio del contribuyente con los documentos del representado señalados
anteriormente (exceptuando la mencionada escritura pública), o bien, con
fotocopias legalizadas de los mismos; su Cédula de Identidad vigente; y un poder
específico suscrito ante notario, en el cual el propio contribuyente o el
representante legal autoriza al mandatario para que solicite el Pago Diferido en
dicha Unidad del SII.
Este trámite podrá materializarse, posteriormente, sólo
si el contribuyente realiza su Declaración de Renta vía Internet
La correspondiente solicitud para acogerse al Pago
Diferido y la presentación del Formulario 22 por Internet debe ser realizada
impostergablemente dentro del plazo legal establecido, es decir, hasta el 30 de
abril de 2019.
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