| Los montos a considerar para el cálculo de las 
		cotizaciones previsionales, es decir, la base imponible, es la 
		siguiente: 
		
		
		·
		
		La renta 
		imponible anual, que es el 80% del conjunto de sus honorarios brutos 
		anuales, sea mayor a 4 ingresos mínimos mensuales. Para el año 2019, el 
		IMM es $ 301.000.- 
		
		
		·
		Si 
		el trabajador independiente recibe simultáneamente rentas por sueldos o 
		remuneraciones, y no supera el límite máximo imponible anual (79,2 UF * 
		12=950,4; para el AT 2020 $26.905.767), se afectan con cotizaciones 
		previsionales las rentas por honorarios hasta completar el límite máximo 
		imponible.  
		Puede obtener mayor 
		información previsional, en el sitio web de la 
		
		Subsecretaria de Previsional Social 
		
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