| Para el año tributarios 2020 y siguientes, NO se considerarán los pagos 
		mensuales para el cálculo de cotizaciones previsionales sobre las rentas 
		de honorarios, solo considerará el pago anual que se determina en la 
		declaración de renta. 
		Por tanto, si durante el año comercial 2019, se han realizado pagos 
		mensuales por cotizaciones previsionales, estos tendrán el carácter de 
		pagos voluntarios y no se abonarán al pago anual, es decir, podría 
		ocurrir que se paguen dos veces las cotizaciones previsionales. 
		En esta situación, se deberá verificar en las respectivas instituciones 
		de previsión si efectúan devolución de los pagos realizados en forma 
		mensual. 
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