PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Información Declaración de Renta AT 2022 | Declaración de Renta | Información de ingresos y agentes retenedores

 Pregunta   ID:   001.002.8134.002  Fecha de Creación:   23/03/2022

¿Las retenciones y PPM registrados en el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo de diciembre de 2020, al ser presentado y pagado fuera de plazo, debe ser considerado en la Declaración de Renta del año tributario 2022?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   18/08/2023

Las retenciones y pagos provisionales mensuales (PPM) registradas en el formulario 29 período diciembre de 2021, al ser presentados y pagados fuera de plazo, tienen el siguiente tratamiento en la declaración de renta del año tributario 2022:

• Las Retenciones de impuestos efectuadas durante el año 2021, según lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, deben ser consideradas para el año tributario 2022, siempre y cuando hayan sido efectivamente practicadas por el agente retenedor. Al respecto, se señala que las retenciones que se registran en el código 198 de la declaración anual a la renta, deben corresponder al total de las retenciones efectuadas entre los meses de enero a diciembre del año respectivo, ambos meses inclusive, no siendo procedente considerar la fecha de entero en arcas fiscales de las citadas retenciones.

 • Por su parte, si los PPM no se enteraron dentro del año 2021, o dentro del plazo legal en el caso del PPM de diciembre de 2021, entonces no deben ser considerados para el año tributario 2022.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, Servicios Online, Declaración de Renta, opción Ayudas