Al declarar por un medio electrónico (Internet) la
declaración sin pago enviada, puede ser reemplazada tantas veces como se desee,
hasta el 27 de Abril del año tributario 2022, considerándose como declaración
vigente la última recibida dentro de este plazo. Los contribuyentes que declaren
en forma posterior a esa fecha no podrán reemplazar la declaración presentada. |