Al declarar por un medio electrónico (Internet) la
declaración sin pago enviada, puede ser reemplazada tantas veces como se desee,
hasta el 27 de abril del año tributario 2023, siempre que no haya solicitado
devolución hasta el 8 de abril, considerándose como declaración vigente la
última recibida dentro de este plazo. Los contribuyentes que declaren en forma
posterior a esa fecha no podrán reemplazar la declaración presentada.
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