Este Servicio mostrará como valor de aporte y/o adquisición, aquel determinado
conforme con las normas generales establecidas en la Ley sobre Impuesto a la
Renta (LIR), esto es, el valor enterado por el contribuyente a la sociedad o
fondo respectivo, o el valor pagado por el contribuyente al tercero que le
enajenó tales acciones o cuotas, según corresponda, debidamente reajustado.
Ahora bien, el asistente no mostrará la retención efectuada conforme a los
artículos 107 N° 6 y 74 N° 4, ambos de la LIR o según el artículo 81 N° 9 de la
Ley N° 20.712.
|