Los requisitos copulativos que deben cumplirse para acogerse al beneficio tributario de los Dividendos Hipotecarios por la adquisición de viviendas DFL-2 con créditos
hipotecarios, son los siguientes:
Que exista un crédito hipotecario. La cuota que se deducirá debe ser la que provenga del crédito con garantía hipotecaria, comprendiendo capital, intereses y comisiones. -
Que con dicho crédito se adquiera una (o más de una) vivienda nueva.
Que las viviendas que se adquieran estén acogidas a las normas del DFL-2,
de 1959.
Puede obtener mayor información en el sitio web del SII,
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