¿Dónde y quién puede realizar la Inscripción al Rut y aviso de Inicio de Actividades?

ID: 001.105.0133.009
Fecha de creación: 01/09/2003
Fecha de actualización: 13/02/2025

Ambos trámites deben ser presentados vía internet.

La obtención de RUT vía internet puede efectuarla el representante legal o uno de los socios consignados en el extracto de constitución publicado en el Diario Oficial.

El Inicio de Actividades vía internet lo puede efectuar el contribuyente con su rut y clave tributaria.

Los contribuyentes excluidos de acuerdo a la norma tributaria de realizar estos trámites por internet, podrán hacerlo en las oficinas de SII, y los puede realizar el contribuyente, el (los) representante(s) o una persona con poder. Estos trámites deben ser efectuados en la oficina del SII que tenga jurisdicción sobre el domicilio del contribuyente.