Para realizar la inscripción del Rut y dar aviso de Inicio de Actividades ante el SII, que a partir del 01.06.2020 se debe efectuar por internet, salvo los contribuyentes excluidos de realizar el trámite por esa vía, establecidos en la norma tributaria, el contribuyente debe acreditar su domicilio, adjuntando los antecedentes a través de la aplicación dispuesta para tal efecto, según las instrucciones detalladas en la Circular N°38 de 2025, y que se mencionan a continuación:
Para efectos tributarios, el domicilio se entenderá como el lugar (calle, número, comuna, ciudad, región, o rol de avalúo, etc.), declarado por el contribuyente al informar el inicio de sus actividades o sus modificaciones posteriores conforme al artículo 68, donde tenga el asiento de sus negocios.
Para aquellos contribuyentes a quienes resulta indispensable que cuenten con las instalaciones necesarias para el desarrollo de su actividad, tales como maquinarias, bodegas, oficinas u otro tipo de infraestructura conforme al tipo de actividad y que requieran más de un lugar para su desarrollo, deberán informar una dirección adicional, en calidad de sucursal, es decir, un establecimiento que depende de otro principal, donde se desempeñan funciones del giro y que se encuentra ubicado en un lugar diferente. Aquellos contribuyentes que desarrollan sus actividades en más de un lugar deberán informar todas las direcciones de sus sucursales, junto con la calidad del uso que le dan al (los) inmueble(s).
El domicilio del contribuyente determinará la jurisdicción competente de este Servicio, salvo instrucción específica en otras materias.
Calidad en que se puede sustentar el uso de un inmueble que no es de propiedad del contribuyente.
La calidad en que se puede usar un inmueble que no es de propiedad del contribuyente son:
• “arrendado”,
• “comodato o cedido” o
• “usufructuado”.
Para informar lo anterior se requerirá al contribuyente que indique si el/los inmueble(s) en que desarrolla su(s) actividad(es) es/son propio(s) o no. Cuando el inmueble no es propio, deberá informar el RUT del propietario y la forma en que éste le autoriza a hacer uso del inmueble.