PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
RUT e Inicio de actividades | Inicio de actividades | Iniciar Actividades | Contribuyentes nacionales | Pequeños contribuyentes

 Pregunta   ID:   001.105.0645.008  Fecha de Creación:   04/11/2003

¿Cómo da aviso de Inicio de Actividades un comerciante ambulante?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   03/12/2021

Para realizar el aviso de Inicio de Actividades un comerciante ambulante debe ingresar al sitio web, sección Servicios online, RUT e Inicio de actividades, menú Inicio de actividades, opción Iniciar Actividades.

Los contribuyentes excluidos de presentar el aviso de Inicio de Actividades por internet, que dispone la norma legal, lo prodrán realizar en las oficinas del SII correspondientes a su domicilio.

Cabe señalar, que esta información es relativa sólo a los trámites que deben hacerse ante el SII, los que son independientes a los permisos y/o patentes que deban otorgar otros organismos competentes, como es el caso de las municipalidades. Para ello se sugiere revisar la Guía del Emprendedor.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Ayuda, “¿Cómo se hace... ?”, opción Iniciar actividades de personas naturales y jurídicas.

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