¿Desde qué edad una persona puede dar aviso de Inicio de Actividades ante el SII?

ID: 001.105.0794.008
Fecha de creación: 13/01/2004
Fecha de actualización: 08/05/2025

El aviso de Inicio de Actividades puede comenzar desde que la persona alcanza la edad calificada por la Ley como "menores adultos"; vale decir, a los 12 años, en el caso de las mujeres, y desde los 14 años en los varones.

No obstante, estas personas deberán presentar su aviso de Inicio de Actividades representados o autorizados por sus representantes legales (padre o madre legítimos, adoptante, tutor o curador), salvo que acrediten tener bienes pertenecientes a su peculio profesional, correspondiente a los bienes adquiridos por el menor adulto en el ejercicio de todo empleo, toda profesión liberal, toda industria y todo oficio mecánico.

En caso de que un menor actúe por medio de su representante legal, éste deberá concurrir personalmente a las oficinas del SII y firmar el Formulario 4415 de Declaración de Inicio de Actividades e Inscripción al RUT. Este documento debe ser firmado por el menor y por su representante legal.

Además, cuando menores actúen autorizados por su representante legal, dicha facultad deberá ser otorgada por escrito en el mismo formulario y el menor deberá exhibir la Cédula Nacional de Identidad del representante y acompañar una fotocopia de ella. Posterior al aviso de Inicio de Actividades, los menores adultos no requerirán de sus representantes legales. 

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