PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
RUT e Inicio de actividades | Inicio de actividades | Iniciar Actividades | Contribuyentes nacionales | Contribuyentes con rentas presuntas

 Pregunta   ID:   001.105.0971.008  Fecha de Creación:   29/01/2004

¿Es necesario realizar algún trámite tributario ante el SII al comprar un camión que se destinará al transporte de carga?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   22/12/2021

Si el adquirente del vehículo va a realizar alguna actividad de transporte de carga ajena (fletes en general) con un camión de determinado tonelaje, debe dar aviso de Inicio de Actividades, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 del Código Tributario.

Puede obtenerse mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Ayuda, menú "¿Cómo se hace para...?", opción Iniciar actividades de personas naturales y jurídicas.

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