Ley N° 21.242, de junio de 2020,
estableció la
obligatoriedad en la emisión de boletas de honorarios electrónicas, a partir del
1 de enero de 2021 para aquellos contribuyentes que hayan emitido este
documento tributario en formato electrónico hasta el 23 de junio de 2020, y a
partir del 1 de julio de 2021 para todos los demás casos.
Respuesta anterior:
Sí, es necesario dar aviso de inicio de actividades antes de emitir una
boleta de honorarios,
ya sea en forma electrónica o manual. La medida anterior se debe a que estos documentos tributarios deben estar autorizados por el
SII,
facultad que exige, entre otros requisitos, acreditar, previamente, el
cumplimiento del aviso de Inicio de Actividades.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en sitio Web del SII, sección Servicios online,
menú RUT e inicio de actividades, opción Ayudas, como se hace para..?
Iniciar actividades de personas naturales y jurídicas y sección Servicios
online, menú Boletas de honorarios
electrónica.
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