Sí, un menor de edad que desarrolle una actividad lucrativa puede dar aviso de
Inicio de Actividades y emitir boletas de honorarios, trámites tributarios que
deberán ser realizados por su representante legal, de acuerdo con las instrucciones impartidas en la
Circular
N° 31,
de 2007.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio
Web del SII, sección Ayuda, menú
"¿Cómo se hace para...?", opciones
Iniciar actividades de personas naturales y jurídicas
y
para emitir boletas de honorarios electrónicas ingresa al sitio web del SII,
sección Servicos online, Boletas de honrarios electrónicas opción Emisor de boleta de
honorarios. |