Una persona que aparece registrada con dos números de RUT con rangos diferentes ante el
SII debe regularizar su situación por internet de ser admisible, o bien, en la
Unidad que corresponda a su domicilio, debiendo acompañar certificados de
nacimiento otorgados por el Servicio de Registro Civil respecto de ambos
números de RUT.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
sección Servicios online, menú RUT e Inicio de Actividades. Además, en el menú Normativa y legislación, opción Circulares, Circulares 2007, Opción Circular N° 31 de 2007. |