¿Al dar aviso de Inicio de Actividades por Internet, es posible agregar más de un código de actividad económica?

ID: 001.105.2231.013
Fecha de creación: 13/01/2005
Fecha de actualización: 08/05/2025

Se recuerda que a contar del 01.06.2020 este trámite debe ser presentado por internet, debiendo el contribuyente completar el formulario y adjuntar los antecedentes en el desarrollo del mismo trámite, por lo cual para su ingreso solo requiere Rut y clave tributaria, salvo los casos excluidos de realizar presentaciones por internet que establece la norma tributaria.