Sí, una persona chilena con un título profesional obtenido en el extranjero puede dar aviso de Inicio de Actividades de Segunda Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta ante el SII, siempre y cuando ese título haya sido validado en Chile, puesto que el factor que determina la obligación de dar aviso de Inicio de Actividades es el hecho de desarrollar una actividad afecta a impuestos.