Sí, la Administradora de Fondos de Inversión Privados (FIP), regulados por la
Ley 18.815, deben tener
Rol Único Tributario (Rut), independiente de los fondos que administra.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación,
opción Oficio
N° 5.011, de 2006. |