No, para trámites relacionados con pagos previsionales, las personas naturales extranjeras no requieren RUT (Rol Único tributario) deben usar el RUN (Rol Único Nacional) el que es entregado por el Registro Civil.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú RUT e Inicio de Actividades.