No. Sólo será necesario si los
antecedentes aportados en la declaración de inicio de actividades no justifican
la emisión de documentos que dan derecho a crédito fiscal, por lo que el inicio
de actividades se aprobaría parcialmente. Esta situación le será comunicada en
el certificado que se envíe a su correo electrónico.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
sección Servicios online, RUT e inicio de actividades, Inicio de actividades,
Guías de Ayuda, “¿Cómo se hace para ...?", opción Inicio
de actividades de personas naturales, jurídicas y otras
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